Cobro de pensión de orfandad
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Contestado
Estimada amiga, la pensión, entiendo que de horfandad, te corresponde exclusivamente a tí, es cierto. Pero en tanto seas menor de edad y estés bajo la guarda y custodia de tu madre, ella mantendrá la facultad de disposición sobre la misma. Tan pronto cumplas los 18 años puedes indicar a la seguridad social que te ingrese la pensión en la cuanta corriente que desees. No obstante, si fuese preciso acelerar el proceso, tienes también la opción de emanciparte, pero eso implicaría tener que iniciar un procedimiento judicial, costoso y desagradable, que sólo recomendaría en supuestos de malos tratos. En cualquier caso no estaría mal saber en qué cosas, que según tú no debería, se gasta el dinero de la pensión.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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