Coheredero ocupa la vivienda
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
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Lo idóneo en estos casos es llegar a un acuerdo y pedir que, si va a continuar siendo usuario de la casa, deba asumir un coste por dicha ocupación. Al copropietario que no es usuario le queda la acción de división de la cosa común, o incluso vender su cuota de particiapción a un tercero.
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ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Las situaciones de condominio son generadora por si misma de conflicto, afirmación que ya se planteaba en el derecho romano, es por lo que lo ideal es instar una acción de división de la cosa común y que se la quede uno solo o un tercero. Mientras tanto acordar el tema de los gastos.
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