Comisiones de servicio a dedo

Buenos dias, se crea un nuevo instituto fruto de la fusión de 2, en la oficina hay vacante una plaza de jefe secretaria que en la rpt aparece como sistema de provisión el concurso de méritos, no se convoca concurso y el director del centro propone para el puesto a la persona que ha trabajado con el, teniendo yo más antiguedad y meritos, considero que mis derechos se han visto vulnerados, que debo hacer, tengo posibilidades de ganar en el contencioso?
gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Sus derechos, si los antecedente son como se manifiesta y no concurre ningún supuesto de excepción, han podido ser vulnerados; no obstante, habría que examinar dichos antecedentes y, en concreto, la "ley del concurso" y los actos administrativos posteriores que han podido ser dictados. Asimismo, habría que completar el estudio de viabilidad con el coste económico de la reclamación para que pueda valorar si le merece o no la pena impugnar, por lo que a tal fin quedamos a su disposición si así lo considera.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Por lo que expone, se ha adoptado una resolución administrativa (la provisión de un puesto vacante de funcionario) incumpliendo el procedimiento legalmente previsto. Consiguientemente se trata de un acto nulo de pleno derecho, susceptible de impugnación con evidentes posibilidades de que prospere. Nos ponemos a su disposición para cualquier asesoramiento adicional. Jesús Villodre.

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Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
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En principio, si la forma de provisión era el concurso de méritos, y se ha vulnerado la legalidad, el contencioso debe prosperar. Para cualquier consulta ulterior quedamos a su disposición.

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