¿Cómo efectuar la venta de proindiviso?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Es posible vender, pero otra cosa es que encuentre un comprador y si lo hay tratará de sacar partido de la situación rebajando al máximo el precio, y tal vez a ese precio rebajado cualquiera de los otros propietarios quieran comprarle su parte, ya que lo que no quieren es comprar al precio que les pide. Recuerde que tienen un derecho de adquisición preferente y que pueden quedarse lo que vende al mismo precio que le ofrece ese tercero, por lo que les tiene que comunicar las condiciones de la posible venta y hacer bien las cosas si no quiere que pueda ser impugnada. Otro camino que puede seguir es promover la disolución del condominio en un acto de conciliación y, si no acceden a lo que les pueda proponer, planteando una demanda, la cual termina generalmente en una subasta del todo para repartir el precio si nadie se quiere quedar el bien.
Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO
Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario
Por supuesto que es posible que usted venda su parte proindivisa y puede venderla al precio que usted estime (otra cosa es que no logre venderla al precio de mercado y tenga que rebajarlo).
Usted no está obligado a permanecer en un proindiviso en ningún caso, ya que la ley prevé que puede disponer de su parte indivisa libremente. También, en el caso de que usted quisiera, podría instar una cesación del proindiviso en el juzgado, aunque eso supondría tener que demandar al resto de proindivisarios y tras un procedimiento, el juzgado obligaría a todos a vender el inmueble en pública subasta.
Si tiene cualquier duda o pregunta adicional, no dude en consultarme. Un saludo.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Usted puede vender su parte indivisa de la vivienda, si hay alguien que compra partes indivisas de un todo, lo que realmente tiene que hacer es extinguir el proindiviso bien por acuerdo de los demás interesados, bien judicialmente, de forma que si no se adjudicara uno con obligación de abonar a los demás su parte, tienen que ir a una pública subasta.
Supongo que ya están inscritos en el registro los porcentajes de adjudicación. En ese caso podrá vender a un tercero siempre que se lo comunique y ofrezca al resto de los comuneros la opción de comprar ellos primero por las mismas condiciones que a un tercero.
Quedo a su disposición.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Si es posible, puede vendérselo a quien quiera. También puede iniciar un expediente de división de la cosa común. Es una demanda que tiene como destino final que la casa se venda y si no hay acuerdo entre los dueños se saca a publica subasta.
Espero haber sido de ayuda.