¿Cómo podemos hacer la reagrupación familiar en España?

Necesito saber, si nos queremos casar, ella es de Rumania yo soy de Ecuador, ella solo tiene el pasaporte y yo la doble nacionalidad y vamos a tener un hijo, quería saber si por casarnos ella puede o yo solicitar su documentación. Gracias por su compresión y su tiempo. Un saludo.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta, si se casan o se registran como pareja de hecho, le precisamos lo siguiente: 1) Su pareja rumana tiene derecho a residir en España, más de 3 meses, si cumple alguna de las condiciones legalmente establecidas como en su caso sería la de ser cónyuge o pareja de hecho inscrita de español; 2) No obstante, y si va a residir más de 3 meses, debe solicitar en tiempo y forma legal (dentro de los 3 meses siguientes a la entrada en España y del modo requerido en la Ley), el certificado de registro de ciudadano de la Unión o certificado de residencia comunitaria (la hoja verde que incluye el NIE o número de identificación de Extranjero), ya que tiene que solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros; certificado que no caduca ni se renueva, si bien se modifica en caso de deterioro, pérdida, robo, cambio de estado o de dirección; 3) Finalmente, desde 1 de enero de 2014, los rumanos no necesitan autorización de trabajo para el ejercicio de actividades laborales por cuenta ajena, por lo que en el mercado laboral español son tratados como ciudadanos miembros de la Unión de pleno derecho.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
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Buenos días.

Su mujer es rumana y por tanto tiene derecho a residir en España, lo que sucede es que actualmente la policía le exigirá a ella tener una oferta de trabajo o contar con medios de vida para darle la hoja verde con el número de NIE, si se casan pueden usar los medios de vida suyos como esposo.

Respecto al niño, es hijo de un español y por tanto cuando vayan al registro usted llevará su DNI y el niño será español de origen.

Si tienen cualquier inconveniente con gusto podemos colaborar.

Un saludo muy cordial.

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