¿Qué documentación necesito para lograr reagrupar hermanos?
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
La reagrupación familiar sólo se puede realizar de padres a hijos, de hijos a padres, siempre que estos tengan más de 65 años y entre cónyuges en caso de matrimonio; no se puede reagrupar a los hermanos, la Ley de Extranjería no contempla esta posibilidad. Sobre la otra cuestión que plantea, sólo se puede reagrupar a los familiares que se encuentren fuera del país, si se encuentran aquí aunque sea en situación legal no se podrán reagrupar. Si necesita más ayuda puede contactar con nuestro despacho profesional. Un saludo
No se puede reagrupar a hermanos. Y como expresa la palabra reagrupación, siempre el familiar tiene que estar en toda su tramitación fuera de España.
Solo se puede reagrupar hijos, cónyuges y ascendientes.
Buenos días, le paso la dirección de nuestra página web para que se ponga en contacto con nosotros e indicarle qué documentación es necesaria y los trámites.
Un saludo
Debe estar fuera y deben ser ingresos brutos.