Cómo publicar web legalmente

Hola buenos días,
Debes añadir a tu página web un contenido específico sobre protección de datos adaptado a la actual legislación vigente. Además deberás comunicar a la AEPD la existencia de dicha web y el uso que pretendes dar a la misma y a los datos que recibas, además deberías crear un documento de seguridad donde conste como se recogerán esos datos y como se protegerán.
En función del contenido que quieras dar a la página web habrías de darte de alta como autónomo. Pero eso es mejor que nos lo expliques en una reunión.
Puedes ponerte en contacto con nosotros, si lo deseas, y estaremos encantados de citarte a una reunión y valorar tus circunstancias.
Un cordial saludo.

ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Si la empresa para la que trabaja por cuenta ajena no le exige dedicación exclusiva y el objeto o finalidad de esa web es obtener ingresos a través de productos o servicios que oferte online ambas actividades son compatibles y en ese caso ha de causar alta en Hacienda en todo caso (mod 36/37) y alta en RETA si sus ingresos por la web superan el SMI. Si no lo superan no es preciso el alta de autónomo.
Lo de la protección de datos depende de las características que concurran en esa web.