¿Cómo puedo adoptar a la hija de mi pareja homosexual sin casarnos pero de mutuo acuerdo?
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
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Me ha hecho leer, pues me parecido muy interesante su caso. De entrada, Murcia no tiene legislación propia sobre parejas de hecho, y la legislación estatal no resuelve la situación que usted plantea en lo tocante a la adopción de la hija biológica de la pareja. Veo que para poder tener usted un derecho legal sobre la niña y sin ser posible el matrimonio, la vía más fácil sería que usted la adoptara. Pero eso solo puede ser con el consentimiento de su pareja. ESA ES LA VIA DE MUTUO ACUERDO.
Pero existe una opción si no hay acuerdo: Sería que usted interpusiera una demanda judicial pidiendo la RECLAMACION DE FILIACION POR POSESION DE ESTADO. Existe una sentencia muy reciente del Tribunal Supremo en un supuesto casi idéntico (dos mujeres en la misma situación), dándole la razón y reconociendole también la filiación a la madre "no biológica". Sentencia del TS de fecha 5 de diciembre de 2013 (recurso número 134/2012). Es complejo, pero parece perfectamente posible. No obstante, sea consciente que una reclamación así debería interponerse (y prepararla antes con suficiente antelación) antes del plazo de 15 años, para que no prescriba la posibilidad de instar una reclamación personal sin plazo específico reconocido en la ley. Por tanto, si su hija tiene un año tiene tiempo para intentar un arreglo amistoso con su pareja, pero tenga presente este límite que le comento.
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