¿Cómo puedo demandar para recuperar dinero prestado a un amigo?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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Mejor respuesta según autor
Si le deben y tiene la documentación que justifica la deuda puede solicitar el pago en el Juzgado por medio de un procedimiento monitorio que puede poner en marcha usted mismo presentando el correspondiente formulario normalizado, el cual puede descargar en internet, junto con la documentación de la deuda. Si todo lo hace bien, requerirán de pago al deudor dándole un plazo de 20 días hábiles para pagar o para oponerse. Si no paga ni dice nada esa persona, podrá solicitar la ejecución de la resolución que sea dictada reconociéndose su crédito y podrá investigar los bienes de esa persona para poderle embargar lo que pille. Si el deudor se opone al pago alegando alguna razón para ello, serán los dos citados a juicio y tendrán que acudir con todas las pruebas que tengan. Si la deuda, como en su caso, no supera los 2000 €, no es necesario abogado ni procurador para demanda o para pedir la ejecución de lo resuelto. Una mayor información sobre el procedimiento puede encontrarla en el siguiente enlace: https://www.administraciondejusticia.gob.es/paj/PA_WebApp_SGNTJ_NPAJ/descarga/guia%20n%C2%BA1_monitorio.pdf?idFile=59ce256e-11b1-46d9-b870-3a93d4a65c66. Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y online en casos como el suyo.
ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Abogado de Lugo especializado en Derecho Laboral
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Buenos días,
Le recomiendo que le reclame esa cantidad mediante procedimiento monitorio. Es un procedimiento muy sencillo, que en su fase inicial no necesita de abogado ni tampoco de procurador.
Además el monitorio tiene la ventaja de que una vez que se le comunica la reclamación de la deuda, el deudor tiene un plazo de 20 días para pagar u oponerse. Transcurrido ese plazo sin hacer ninguna de ambas cosas el juzgado dictará un decreto dando por terminado el procedimiento (en la práctica significa que se estima la demanda de monitorio y se condena al deudor a abonar la cantidad que se le reclama). Entonces usted puede ejecutar ese decreto y recuperar así su dinero.
Es el procedimiento más rápido y económico y el más adecuado para reclamar ese tipo de deudas.
Si le interesa le puedo hacer un presupuesto muy económico.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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De conformidad con el artículo 23.2.1ª y 31.2.1ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, puede reclamar la deuda por procedimiento monitorio ante el Juzgado, sin necesidad ni de abogado ni de procurador, acompañando los documentos acreditativos de la deuda. Ahora bien, antes de la presentación del procedimiento mi sugerencia es que le mande un burofax, requiriéndole de pago, dándole un plazo prudencial para que le devuelva los 2000 euros, que puede ser, por ejemplo de 15 días a un mes, indicando que si durante dicho plazo lo devuelve emprenderá acciones legales para su cobro.
Buenas tardes;
Puede reclamar la deuda mediante un procedimiento verbal debido a la cuantía reclamada. Nosotros estaremos encantados de llevarle los trámites.
Un cordial saludo.
Alonso & Padin Abogados
Abogado de Coruña especializado en Derecho de Familia
Le recomiendo que acuda a la empresa
Seguramente sólo cobren si consiguen el dinero.
Un saludo.