¿Cómo puedo pedir la patria potestad?
En su caso, si las hijas viven con usted puede pedirse la patria potestad y la custodia, y aunque no vivan todo el tiempo, si hay una serie de requisitos como horarios, cercanía del domicilio, edad, mayor vinculación, también.
Además, con más razón si usted corre con todos los gastos de las hijas, pudiendo además pedir una pensión de alimentos.
En estos casos, lo que suele hacerse es comprobar si existe la posibilidad de un acuerdo, y en caso contrario, acudir directamente al Juez.
De todos modos, para poder aconsejarle más ampliamente necesitaría conocer todos los detalles de su situación: tiempo de separación, vivienda, sueldos, situación de custodia, etc.
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
La patria potestad de sus hijas la ostentan ambos padres.
Entiendo que lo que quiere pedir es la guarda y custodia exclusiva para usted. Que el otro progenitor tenga un régimen de visitas y la obligación de contribuir a los gastos de las menores.
Deberá interponer una demanda. Si él está de acuerdo será más rápido y sencillo. Si no esta de acuerdo, deberán ir a juicio y que sea el juez quien decida. Si desea presupuesto no dude en contactar. Cordialmente,
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que en primer lugar se ponga en manos de un abogado, especializado en derecho de familia, y le explique la situación, dado que la patria potestad es de ambos progenitores, lo que seguramente usted desea es la guardia y custodia, y ello solo se puede conseguir de mutuo acuerdo, ante el juez, o bien mediante demanda en procedimiento contencioso ante el Juzgado.
La patria potestad es de los dos, lo que usted quiere es la guarda y custodia. Si está casada, presente demanda de divorcio, y si no medidas respecto a hijos extramatrimoniales.