¿Cómo se cuentan los intereses de la legítima?

Buenos días,

Tengo pendiente de cobro una legítima, desde junio de 2014. Sé que tengo que cobrar intereses. Creo que son del 4%, ¿se cuentan mensualmente?
Por otra parte, me gustaría saber cuál es coeficiente multiplicador de una vivienda en Barcelona para saber qué cantidad de dinero tengo que cobrar.

Muchas gracias por su atención. Está siendo una herencia difícil y quizá necesite de asistencia legal.

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GONZÁLEZ & FONTSARÉ ADVOCATS

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Abogado de Girona especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,
Para saber si la legítima devenga algún tipo de interés tendremos que estudiar si el causante ha realizado alguna previsión al respecto. Si es así, estaremos a lo que haya dispuesto el causante y, en caso de que no se haya dispuesto nada en particular, la legítima devengará el interés legal desde la muerte del causante.
El coeficiente corrector del valor catastral para inmuebles urbanos ubicados en Barcelona es del 2,90, pero nos gustaría recordarle que el valor del inmueble obtenido a partir del valor catastral y su coeficiente corrector no vincula al legitimario ni a los tribunales, de tal manera que Usted tiene derecho a reclamar la legítima en base al valor real de la totalidad de los bienes de la herencia.
En todo caso, si lo desea, puede contactar con nosotros para concertar día y hora de visita y así poderle ofrecer una respuesta personalizada y más ajustada a su situación.
Cordialmente

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Buenos días

Le respondo con mucho gusto.

En efecto, son del 4%. Se cuentan multiplicando la cantidad que debe cobrar por el número de días desde junio y por el tipo de interes (el 4%) y dividiendo por 36500.

El coeficiente para viviendas en Barcelona por sucesiones este año es del 1,68%, sobre el valor catastral.

Si desea ampliar la información le ofrecemos una primera visita gratuíta.

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Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,

La legítima devenga el tipo de interés legal del dinero en cada momento, desde la fecha de fallecimiento. Existen páginas web para calcular el importe de los intereses devengados. De otra parte, el coeficiente multiplicador lo puede obtener llamando a la Generalitat o incluso preguntando al Notario. De otra parte, quedamos a su disposición por si requiriera asesoramiento previo a la reclamación de la legítima.

Saludos Cordiales

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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Es difícil responder sin conocer un poco a fondo el caso. Aplicando el derecho civil catalán, se aplicaría el interés legal sobre desde el fallecimiento. En cuanto a los coeficientes, en BCN actualmente es el 2,1%, pero es posible que hubiera que mirar el del año del fallecimiento. Es mejor que se asesore legalmente antes de tomar ninguna decisión.

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