¿Cómo se hace la dimisión del presiente de la comunidad de propietarios?

Mi madre es usufructuaria de un piso en los que somos propietarios los tres hermanos. Ella es mayor, tiene 81 años y quiere dimitir de su cargo de presidenta de la comunidad, ¿cómo lo debe hacer? ¿Nosotros como propietarios de ese piso nos toca ahora ser presidentes de esa comunidad?

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Contestado

Si su Comunidad ha seguido el criterio minoritario que entiende que la usufructuaria puede ser Presidenta, su madre puede solicitar el relevo del cargo dentro del mes siguiente a la fecha de su nombramiento alegando su avanzada edad y, probablemente también, su precario estado de salud (art. 13.2 LPH). A tal fin se tiene que presentar un escrito en el Juzgado de Primera Instancia más próximo (art. 17.7 LPH) con el acta del nombramiento y la documentación que acredita lo que dicen ( DNI o certificado literal de nacimiento para la edad; informe médico para el estado de salud). No obstante, antes pueden tratar de hablar con los vecinos alegando lo que indican, pero es más que previsible que les digan que sea uno de ustedes presidente si su madre no puede, por lo que es difícil que consigan que sea aceptada sin más la renuncia, por lo que corren también el riesgo de que se les pase el plazo del mes que establece la Ley. Si desean contactar con nosotros lo pueden hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y online, pudiéndoles redactar el escrito que necesitan presentar, ya que en el llamado proceso de equidad no es necesaria la intervención de abogado ni procurador.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado