Comprar un piso con una pareja

A ver si me podéis ayudar con mi caso, he estado leyendo por internet y creo que lo que tengo en mente se puede formalizar, pero me gustaría, si hay algún experto en el foro que me lo confirmara.

Me voy a comprar un piso con mi novia (no somos pareja de hecho) y sale por 200.000€. Para tener una hipoteca al 80%, vamos a aportar 40.000€, de los cuales yo aporto 30.000€ y ella 10.000€, lo que supone que yo pongo el 75% de la entrada y ella el 25%. La hipoteca la ponemos a la mitad, que sale a 80.000€ cada uno, por lo que en total yo aportaría 110.000€ y ella 90.000€, lo que implica que yo poseería el 55% del piso y ella el 45%.

El problema viene si se produce una ruptura, por ejemplo en el año 3 de la hipoteca. En ese caso yo habría aportado 38.000€ (un 67,86%) y ella 18.000€ (32,14%), pero el piso estaría escriturado al 55%-45%.

Mi idea sería realizar un documento independiente al de compraventa y elevarlo a público (he leído que sale por unos 200€), en el que se especifique que en el caso de que la relación se termine, yo tenga la posibilidad de adquirir el 100% de la vivienda pagando a ella la cantidad que ha aportado hasta entonces (o en su defecto, el valor de mercado).

Mi duda es si esto se puede hacer, ya que leyendo en internet me ha parecido que sí, pero no me queda del todo claro.

Respuestas de otros profesionales:
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Qlegal Abogados - José Ramón Galindo Clares
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Si usted quiere garantizarse la preferencia en la adquisición de la vivienda puede establecer un derecho de tanteo/retracto sobre la vivienda. Derecho que deberá hacer constar en escritura pública e inscribirlo en el registro de la propiedad. Ambas cosas deberá hacer.

Consulte al notario, su asesoramiento es gratuito si va otorgar escritura pública y como conocerá al registrador de su zona puede evitarle quebraderos a la hora de inscribir el acuerdo en el registro de la propiedad. O si lo prefiere acuda a un abogado que le redacte el acuerdo y que le efectúe todas las gestiones precisas para concluir el acuerdo de forma satisfactoria con la garantía de su formación y responsabilidad profesional. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Huelva ROCIO PADILLA RUIZ

Abogado Huelva ROCIO PADILLA RUIZ

Abogado de Huelva especializado en Derecho Civil

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Los derechos de tanteo y retracto son derechos reales de adquisición preferente que otorgan la facultad de adquirir una cosa con preferencia a los demás. ... Cuando el titular iguale las condiciones que hubiese acordado con el tercero, tendrá un derecho preferente que impedirá que otras personas puedan adquirir la cosa

Deberias incluir en la escritura de compraventa una estipulacion que incluya el derecho de tanteo y retracto

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado