Consulta sobre indemnización

Buenos días, me tienen que dar una indemnización de 20.000 euros por un delito de lesiones. A lo cual me llaman hoy del juzgado, y me dijeron que le miraron los bienes al acusado y dicen que la jueza le aprobó pagar 100 euros al mes.
¿Esto es normal? O sea 20.000 a 100 euros al mes, son 16 años pagándome 100 euros al mes. ¿Esto es normal?
Un saludo y gracias de antemano.

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Abogado Penitenciario Barcelona Bufete Larios
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Buenos días, sí es normal y habitual que los Juzgados y Tribunales permitan el fraccionamiento del pago de las responsabilidades civiles o multas, pues tienen en consideración los ingresos, los gastos, cargas familiares, la situación económica del penado para poder hacer frente a ese pago(es decir, tienen en cuenta las circunstancias personales y patrimoniales del culpable). También es cierto que en caso de que la situación del culpable deviniere a mejor fortuna en el futuro deberá abonar mayor cuantía. Es también probable que la persona responsable de pagarle haya llegado a un acuerdo con el Juzgado para pagar esta cantidad de 100 €. Reciba un cordial saludo. Bufete Larios ~ Abogados.

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Milicua Abogados SCP

Milicua Abogados SCP

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Administrativo

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Estimado señor:
Como usted no se personó como acusación particular en ese proceso penal, el acuerdo d e pago al que llegaron el acusado con el Ministerio Fiscal se ha homologado porque usted no se opuso.
El condenado es básicamente insolvente y por eso le admiten ese pago mensual de 100 euros.
Atentamente,
Pedro Torres Romero (abogado).

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Abogado de Divorcios Santiago de Compostela NCS Abogados y Asociados
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Buenos días, si el ejecutado no tiene bienes para responder, dependiendo de sus ingresos, puede que como en este caso, el juez acuerde el pago en cuotas hasta el límite legal. Periódicamente, su abogado solicitará nueva averiguación de bienes; si cambiase de suerte el deudor, podrá solicitarse embargo hasta cubrir la cuantía total. Un saludo.

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JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho Civil

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buenas tardes. Asi es, si no tiene bienes o poca capacidad económica los juzgados permiten el fraccionamiento del pago. En su caso, la persona que tiene que pagarle esa cantidad, debe tener muy poca capacidad económica a juzgar por el importe mensual en relación con la cantidad total.

Un saludo.

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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Para darle una respuesta es necesario saber la situación económica del obligado al pago y si tiene o no bienes. Lo importante es la voluntad de pagar y probablemente la jueza ha fijado esa cantidad en función de los ingresos del mismo.

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