Consulta de tramites
Buenas tardes,
Entiendo que no tienes nacionalidad comunitaria y que tienes una autorización de residencia en España de Larga Duración (más de 5 años).
Yo te recomiendo que os caséis en Perú. A ti te va ser más fácil viajar a Perú y regresar a España que a tu novio venir a España para después regresar.
Una vez casados y debidamente registrado puedes regresar a España y solicitar la residencia temporal por reagrupación familiar para tu marido, arts.52 y ss. del Reglamento de Extranjería.
El matrimonio por si mismo no le confiere el derecho a entrar en España ni a trabajar. Hay que solicitar la reagrupación familiar.
Una vez obtenida podría trabajar puesto que dicha autorización "... les habilita para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, en cualquier parte del territorio español, ocupación o sector de actividad."(art.58.4), y su duración "... se extenderá hasta la fecha de validez de la Tarjeta de Identidad de Extranjero de que sea titular el reagrupante ..."(art.58.4) con lo que sería la misma que la tuya.
Espero haberte ayudado. Saludos.
Buenos Dias,
Si tienes nacionalidad española es mejor casarse en España y tramitar la tarjeta familiar comunitario, y
Si no tienes la nacionalidad española entonces es mejor casarse en Perú, sin que tu futuro marido se mueva de allí, y después si tienes la segunda tarjeta de residencia y trabajo, y ganas más de 800 euros al mes, y tienes un contrato de alquiler o una vivienda adecuada para los dos, entonces se podrá tramitar la Reagrupación Familiar.
Como ves depende del caso, y para asesorarte mejor, sería mejor que concertaras una cita con nosotros.
Espero tu comunicación
Daniel Santos
Abogado
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
Entiendo que tienes residencia en España pero no nacionalidad española. Si es así lo mejor es casarse alli y pedir reagrupación familiar. Una vez aquí podrá trabajar. Si os casais aquí pero no eres española no podrá arreglar la residencia hasta pasados 3 años de empadronamiento.
Si eres española entonces te puedes plantear casarte aquí y tramitar residencia comunitaria. El registro minimo 2 meses de expediente y luego ya depende del registro puede tardar más o menos
Abogado Penalista Santa Coloma de Gramenet Aranda Checa Advocat
Abogado de Santa Coloma de Gramenet especializado en Derecho Penal
Buenos días,
Si usted no tiene la nacionalidad española, deberá tramitar una reagrupación familiar, que se debe tramitar des del país de origen. Para ello, es indiferente que se casen aquí o en Perú, pero deberá cumplir unos determinados requisitos de ingresos económicos y adecuación de la vivienda. Si quiere que estudiemos detalladamente su situación, puede ponerse en contacto con nosotros.
Atentamente,
David Aranda