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¿Cuál es el valor de I.R.C. que debe figurara en la declaración?

Buenas tardes. En la información fiscal que ofrece la entidad bancaria figura: Intereses Acreedores Imputados, I.R.C. Imputado e Intereses Deudores Totales. En la 2ª, I.R.C Imputado figura un monto. ¿Esta cantidad debe aparecer en la declaración? ¿Resulta o puede resultar beneficioso para el declarante?

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Abogado Derecho Fiscal Castellón David Casanova Carrasco

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Abogado de Benicasim/Benicàssim

Contestado hace 10 años

Es la información que tiene Hacienda de los rendimientos de capital.

Siempre es una cantidad pequeña, es aconsejable hacerla constar porque no supone un gasto excesivo y la Agencia tiene los datos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor