¿Cuándo cobraré la manutención?
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Desafortunadamente hay dos factores en su contra: uno que Agosto es inhábil procesalmente y otro que la empresa efectuará la retención en la próxima nómina que se devengue, ingresando el importe en la cuenta del Juzgado, pero éste tarda en gestionar dichos ingresos, adjudicándolos a cada expediente y emitiendo los correspondientes mandamientos de pago.
El abogado que le está llevando este asunto le puede informar con más precisión.
Suerte y un cordial saludo.
Buenos días
Para cobrar la pensión usted ha debido dar al Juzgado un número de cuenta donde se lo ingresan directamente cada mes mientras su ex pareja siga trabajando . Si todavía no lo ha dado, le recomiendo que acuda al Juzgado, porque aunque sea agosto le atenderán.
Un cordial saludo
Ignacio Tomás
Abogado
www.dorigaportabella.com