Cuando deberia denunciar el impago de un credito entre particulares?
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ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
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Contestado
Puede usted reclamar judicialmente la cantidad que le adeuda la compradora en cualquier momento a partir del primer impago, no es necesario esperar ningún plazo para ello, salvo que en el contrato hayan dispuesto otra cosa.
Para darle una respuesta acerca de la viabilidad de su reclamación judicial, sería necesario estudiar toda la documentación de la que dispone para lo que nos ponemos a su disposición, si así lo desea.
Un afectuoso saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Alberto Gonzalez Rodriguez
Abogado de Pontevedra especializado en Procesal Civil
Contestado
El momento de reclamar es ahora en que ya le debe dos mensualidades. Quedo a su disposición para iniciar la reclamación.
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