¿Cuando prescribe una falta que antes valoraron como delito?
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Desgraciadamente sería necesario un período de inactividad de dicho período dentro del expediente judicial, pues mientras se determina la naturaleza del hecho, etc. hay actividad, lo que interrumpe una eventual prescripción, que requeriría que entre una y la siguente actuación judicial, hubiera un lapso como el que comenta. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado Derecho Animal Tarragona Tutusaus Advocats
Abogado de Reus especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Buenos días,
La cuestión que plantea sobre los seis meses, en las faltas, no es desde que se cometió sino si existe un periodo de inactividad judicial igual o superior a seis meses, en su caso, hasta la fecha, por lo que exponer, desgraciadamente, no estaría prescrito.
Atentamente,
Tutusaus Advocats