¿Desde cuánto tiempo antes se pueden pedir los movimientos de las cuentas de los fallecidos en los bancos ?
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Los certificados bancarios deben pedirse siempre después del fallecimiento, para saber los saldos existentes a fecha de fallecimiento, y siempre por algún heredero debidamente acreditado.
Estoy a su disposición para aclarar cualquier duda.
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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
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Buenos días. Los herederos lo pueden solicitar una vez que haya fallecido, se haya abierto el testamento y se demuestre que son herederos. Un saludo.
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Los bancos tienen obligación de guardar la documentación durante 10 años. Otra cosa es que los bancos quieran darla.
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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
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Acreditando que es heredero, a través del juzgado, podría pedir los movimientos de cuentas de los últimos cinco años.
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