¿Qué debemos hacer siendo inquilinos de piso con ejecución de hipoteca?

Estamos de alquiler en un piso que tiene una ejecución hipotecaria desde una fecha próxima a la de nuestro contrato. Recibimos una notificación el año pasado y una citación el mes de febrero de 2015, donde por desconocimiento del tema nos presentamos sin abogado y dictaron sentencia de que no habíamos aportado suficientes pruebas como inquilinos. Argumentaron que parecía una maniobra de mala fe por parte de los propietarios y que no teníamos derecho a permanecer en el piso. Los dueños son una pareja divorciada. Por parte de él ha habido varias irregularidades y ahora tratamos sólo con la propietaria. La informamos y ésta declaró no estar al corriente de la situación, que ya había arreglado las cosas con el banco el año anterior y no entendía esta citación. Ahora dice que ha iniciado trámites para que el ex-marido le ceda el piso y que ha hecho un nuevo trato con el banco para conservarlo. Después del juicio, dos abogados nos aconsejaron dejar de pagar el alquiler mientras buscamos otra vivienda, otro nos sugirió depositarlo en el juzgado, pero no lo aceptan. Ante la duda, hemos dejado de pagar el alquiler temporalmente mientras no se aclara la situación, notificándoselo a la propietaria. Ahora nos reclama el alquiler pero no nos presenta ninguna prueba de este supuesto acuerdo con el banco y de que no habrá subasta al menos por el momento, y nos amenaza con denunciarnos, aún cuando hemos manifestado nuestra intención de pagar una vez aclarada la situación.
El contrato de alquiler tiene fecha de 18 de abril de 2012. El 3 de abril de 2012 los propietarios recibieron la reclamación de pago y la ejecución hipotecaria tiene fecha de primeros de junio de 2012.
La pregunta es: ¿tiene derecho a recibir el alquiler según las circunstancias descritas? Según lo que he averiguado, hasta que no se realice una subasta y alguien lo compre siguen siendo los propietarios, pero el contrato de alquiler sigue siendo válido ¿o no? ¿La sentencia del juzgado modifica algo? En todo caso, cabe señalar que ya hemos decidido que dejamos el piso el mes que viene, pero queremos hacer lo que corresponda legalmente y no nos perjudique.
Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Efectivamente ustedes tienen un contrato de alquiler por el que se obligan a pagar unas rentas y los propietarios continúan siendo los mismos. Ahora bien, sería interesante saber en qué circunstancia se encuentra el inmueble actualmente . De todos modos han tomado la mejor opción que es salir de ese piso. Mientras que ustedes tengas pagadas sus mensualidades y lo dejen todo correctamente no tiene que preocuparse. Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Plus
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
  • 1 voto útil
Contestado

Para mantener en vigor un contrato de alquiler, de conformidad con el articulo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, hay que pagar el alquiler. Solo de esta manera podrá intentar reclamar sus derechos, en su caso. En cualquier caso, lo mejor es buscarse otro piso. Y pensar que para otro día en que por cualquier razón tengan que ir a un juzgado, deben asesorarse primero con el profesional que prefieran

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

  • 1 voto útil
Contestado

El propietario del piso tiene siempre derecho a percibir la renta. Si actualmente ella es la propietaria, deberiais pagar.
Sobre que hayan considerado que hay mala fe en el contrato de arrendamiento es otra cosa, que significa que si llega a haber desahucio no respetaran el arrendamiento.
Lo más lógico es buscar otro piso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor