¿Puden cortarme el suministro de agua?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Si hay un procedimiento judicial abierto en relación con su asunto, debería buscar en el abogado que interviene el asesoramiento que solicita, ya que él mejor que nadie es el que conoce todos los pormenores del caso; 2) No obstante, le indicamos que si, como dice, la constructora ha dejado de ser propietaria de la vivienda por haber sido ejecutada la hipoteca por el banco, es normal que se haya dado de baja en un contrato de suministro para dejar de pagar por algo que ya no es suyo y que, como consecuencia, de dicha baja les hayan cortado el agua por no haber ningún contrato de suministro en vigor; 3) Sin perjuicio de lo señalado al principio y de su pleito con el banco, tendrían que tramitar de nuevo el alta aportando el título (contrato de arrendamiento) que les habilita para permanecer en la vivienda, aunque su vigencia pueda estar pendiente de la resolución judicial que dice están esperando; 4) Si desean ponerse en contacto con nosotros pueden hacerlo por teléfono o email. Trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento online.
Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO
Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario
Entiendo que lo que le está diciendo la empresa suministradora no es del todo correcto. Usted podría poner el contrato a su nombre, pero siempre que el titular del contrato se diera de baja previamente a su alta. Pero en este caso, usted me dice que ha habido una ejecución hipotecaria y se ha adjudicado al banco, según entiendo. En este caso, debería hablar con el banco directamente y plantearle el problema para poder solucionarlo, ya que es él el nuevo titular del inmueble y no la constructora, y es él quien debería gestionar la baja del contrato de suministro del antiguo propietario.
Lo que no tengo claro es en qué condición se encuentra usted ahora, si sigue siendo arrendatario y en qué condiciones. Esto puede condicionar su contrato de suministro. Si fuera tan amable de ampliarme la información, le contestaría con más concreción. Puede ponerse en contacto conmigo.
Un saludo.
Abogada de familia en Vecindario Adriana Loza Belén Abogada
Abogado de Santa Lucía de Tirajana
Buen día.
En respuesta a su pregunta, le informo que si el propietario actual es el banco, y su contrato de alquiler está vigente, aun cuando tenga entablada una litis con el banco, es éste el obligado a mantener la vivienda alquilada en condiciones de habitabilidad, concretamente en el caso que usted plantea, con el servicio de agua funcionando.
Saludos.
Abogado Santa María de Guía - Adolfo Aymar
Abogado de Santa María de Guía de Gran Canaria especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Denunciar a la empresa constructora ya que les ha puesto a Ud. y a su familia en situación de extrema gravedad y denunciar también al Banco si ha sido el que ha cortado el agua.