¿Qué debo hacer luego de detener la subasta hipotecaria por estar el lugar en alquiler?

El año pasado alquilé un piso como vivienda habitual. Resulta que me entero que el propietario lo tiene embargado por el banco. Un poco antes de la subasta, informé al juzgado donde se iba a ejecutar la subasta de que estaba viviendo en el piso y declaró que no procedía la subasta. Me gustaría saber qué es lo que puede pasar ahora o cómo sigue el procedimiento. Muchas gracias.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Su arrendamiento es posterior al 6 de junio de 2013 y, por lo tanto, a la entrada en vigor de la reforma de ese año, ya que alquiló en 2014 ("el año pasado, dice); 2) Por lo tanto, "si durante la duración del contrato el derecho del arrendador queda resuelto por la enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria o de sentencia judicial, quedará extinguido el arrendamiento" (art. 13.1 LA), salvo en los supuestos legales de excepción (arrendamientos celebrados e inscritos con anterioridad a la constitución de la hipoteca o nacimiento del derecho del acreedor que da lugar a la pública subasta); dicho en otras palabras, no tendrá derecho a continuar en la vivienda por lo que quede de contrato; 3) Si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o email. Trabajamos en toda España y siempre con presupuesto previo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Convenio Regulador Las Palmas Sandra Ochoa
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Buenos días,
Aunque llegue a ejecutarse la subasta el inquilino tiene los mismos derechos que con el propietario anterior, es decir, podrá permanecer en su vivienda hasta que finalice su contrato.
Si desea contactar con nosotros para cualquier otra duda puede hacerlo.

Un saludo

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: La Ley afirma que el nuevo propietario le podrá resolver el contrato, por lo que le aconsejamos que lo mejor que puede hacer es negociar un nuevo contrato de alquiler con el nuevo propietario.

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