¿Qué debo hacer si los inquilinos no abonaron los gastos de comunidad?

Hola

En el Contrato de Alquiler que firme con mis inquilinos, quedó bien claro y por escrito que ellos se hacían responsables del pago de la Comunidad. Incluso se incluían los datos de contacto del Administrador. Han pasado 2.5 años y ahora que se han marchado y he llamado a dicho Administrador simplemente por cortesía acabo de descubrir que no realizaron dicho pago nunca, acumulándose una deuda.

Acabo de enterarme que yo tengo la responsabilidad final legal de satisfacer dicho pago al Administrador de la Comunidad.

Sin embargo se produce la siguiente situación

1.- El Administrador me dice que ya tiene el asunto en manos de un Procurador y que en breve llegara al juzgado. Me dice que durante estos meses pasados me enviaron cartas dirigidas a mi nombre al domicilio (en alquiler) puesto que esta era la única dirección que disponían de mi. Puesto que yo no residía allí, nunca he tenido oportunidad de recibir dichas cartas y los inquilinos jamás me dijeron que hubiera ninguna carta para mí.

2.- Los inquilinos están fuera de la vivienda (unos nuevos inquilinos acaban de ocuparla) y se están haciendo los sordos sobre dicha responsabilidad. Ya no me responden al teléfono. Si aun estuvieran en el domicilio podría presionarles para que pagaran o incluso descontarlo de la Fianza, pero ya es tarde.

Mis preguntas son:

a) ¿Podría hacer responsable al Administrador de no haberme contactado durante estos 2.5 años y de generarme esta deuda? Resulta que hace 1 año intercambiamos e-mails. Es claro que se le ha pasado que podrían haberme contactado por esa vía. Igualmente los porteros tenían mi teléfono de contacto. El hecho de no haberme contactado durante todos estos 2.5 años me ha originado que ahora ya no puedo reclamar dichas cantidades a los inquilinos salientes.

b) La otra opción es poner una demanda a los inquilinos salientes. Dispongo de su nueva dirección postal, pero me temo que enviar cartas allí por parte de un abogado podrían seguir ignorándolas. Y no sé por cuanto tiempo seguirán residiendo allí. Dispongo de sus números de DNI.

c) Entiendo que la solución seria que yo pagara la deuda inmediatamente para paralizar posibles extra costes de Procurador y a continuación reclamarlo simultáneamente al Administrador y a los inquilinos salientes. ¿Cuáles son los costes de interponer dichas demandas? ¿Cuáles son los costes de tasas judiciales y otros?

d) ¿Alguna otra sugerencia o consejo que quisieran darme?

Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO PENAL VALENCIA - Carlos Tejeda Gelabert
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Buenas tardes, la responsabilidad es de los inquilinos que dejaron Las cuantías sin abonar, no de los otros inquilinos ni de la administrador. Puede haber habido una falta de notificación por parte del administrador, pero eso se puede contrarrestar pidiéndole tiempo para conseguir resultados judiciales de cara a un procedimiento posterior. Es decir, decirle al administrador que paralice la reclamación dirigida hacia ti, pues has llegado a esa situación por su falta de colaboración, y una vez que hayas conseguido ese tiempo, demandar a los inquilinos que se responsabilizaron del pago. El precio de la demanda oscilará en función de la cuantía a reclamar, así como las costas procesales del procedimiento y el procurador. Pero decirte que normalmente en este tipo de procedimientos se suele ganar siempre, por lo tanto todo lo que te hayas gastado en abogado y procurador será imputable a la otra parte. Como consejo, antes de demandar asegúrate de que la otra parte tiene medios económicos. Como para poder responder en caso de ser condenados al pago , ya que si no, no merecerá la pena ni siquiera reclamarles nada, y encima te habrás visto envuelto en más gastos jurídicos. Para cualquier ampliación de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo y gracias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Como propietario es usted el responsable frente a la comunidad del pago de las cuotas, por lo que debe comunicárse con el administrador para llegar a un acuerdo en el pago de la deuda, y una vez que la tenga pagada o que tenga en su poder la reclamacion que le hacen, poder repetir contra los antiguos inquilinos, para lo cual necesitara el certificado de la deuda, con una reclamacion contra usted, así como el antiguo contrato de arrendamiento, y por supuesto copias de las cartas dirigidas a usted por el administrador.
Tenga en cuenta que el administrador de la finca no tiene porque notificárle a usted cualquier incidencia, nada mas que enel domicilio objeto de las cuotas de comunidad, con independencia de que usted presente una queja al presidente de la comunidad, por no haberle notificado nada el administrador conociendo su nuevo domicilio y su email.
Mi consejo es que acuda a un abogado que le dirija en todo el procedimiento a seguir,
En cuanto a los gastos, tenga en cuenta que dependen de la cuantía a reclamar, y según sea un procedimiento verbal o un procedimiento ordinario. Por otro lado los particulares no pagan tasas judiciales.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios no dude en ponerse en contacto con el decano.
Un cordial saludo

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Ante lo que comenta lo que tiene que hacer es pagar a la Comunidad para evitar que le demanden y demandar a los inquilinos salientes lo pagado, valorando, antes de hacerlo, la cantidad pagada, el coste del procedimiento si interviene abogado, lo cual siempre es recomendable, y la posible insolvencia de esos inquilinos, ya que si no tienen ingresos o son mínimos, por mucho que gane con condena en costas puede tardar en recuperar todo lo pagado y gastado para reclamar, ya que los posibles embargos siempre tienen que respetar los límites que marca la ley. Asimismo y para que no le vuelva a pasar lo sucedido, comunique al administrador su dirección para que se practiquen en ella las notificaciones en lugar de hacerlo en la vivienda alquilada. Si quiere solicitar nuestro asesoramiento puede pedirnos un presupuesto por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España en casos como el suyo.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Si figura en contrato que tienen que pagar la comunidad de vecinos, puede demandarles por el impago, pero frente a la Comunidad de vecinos el obligado al pago es Vd. por lo que le recomiendo que llegue a un acuerdo de pago con la Comunidad, fraccionando el pago o de la forma en que pueda negociarlo y entre tanto demande a sus ex inquilinos. Si deja que le demanden le saldrá más caro porque tendrá que pagar intereses y costas además de sus propios abogados. Lo recomendable es pactar con su comunidad una forma de pago que sea aceptable para las dos partes.

Saludos

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Cuéntanos Asesores

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Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes, el administrador le ha notificado al domicilio que disponía de usted, no tiene obligación de hacer averiguaciones, debería indicar un domicilio para que se comuniquen con usted para que estas cosas no surjan de nuevo.

Mi recomendación es que hable con el administrador, que paralice la demanda y que llegue a un acuerdo de pago.

Por otro lado, debería iniciar un procedimiento en reclamación de la deuda contra los anteriores inquilinos. El coste del procedimiento dependerá del importe de la deuda.

Un saludo

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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En primer lugar, no hay tasas, puesto que es una persona física usted.
En segundo lugar, el sentido común le ha dado la solución, primero pague y no espere a que ni siquiera le notifiquen la demanda, para evitar las costas, aunque incluso así entiendo que hay un abuso de derecho y mala fe del administrador, y evitaría la condena en costas.

En tercer lugar, tiene que interponer demanda de reclamación de cantidad contra el inquilino, y prosperará sin ningún problema. El coste depende de la cuantía que adeude.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Nuestro mejor consejo para atenderle de la manera más profesional y correcta es que se comunique directamente con nosotros para poder darle el mejor asesoramiento posible.

Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: usted esta obligado a abonar las cuotas de comunidad porque es el propietario, pero puede y debe repercutir ese pago sobre el inquilino que se obligo por contrato a abonar las cuotas de comunidad. Puede valorar la respuesta que le doy. Un saludo

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Abogados Royuela y Asociados

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Abogado de Madrid especializado en Despidos

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Debe contactar con este despacho para una cita. Saludos.

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