¿Debo incluir el IVA en la factura de autónomos?
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Los gastos que usted ha soportado por adelantado tienen la consideración de fondos y suplidos si se ha convenido que usted los adelanta "en nombre" del cliente. Los ejemplos que nos cuenta nunca van a estar incluidos en fondos y suplidos. Usted debe facturar al cliente lo convenido para cada trabajo con el IVA incluido. Después en su facturación trimestral debe liquidar el IVA y el IRPF por el total de lo cobrado en aquella factura menos los gastos en los que ha incurrido para realizar ese trabajo. Le advierto que en cuanto a los tickets de comida no están aceptados por Hacienda por lo general. Un saludo y no dude en contactar para aclaraciones al respecto. Consulta telefónica gratuita.
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No puede aplicar ni iva ni retención cuando se habla de repercusión de gastos, los debe añadir en la cuantía que figure en los recibos.