¿Debo incluir el IVA en la factura de autónomos?
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Los gastos que usted ha soportado por adelantado tienen la consideración de fondos y suplidos si se ha convenido que usted los adelanta "en nombre" del cliente. Los ejemplos que nos cuenta nunca van a estar incluidos en fondos y suplidos. Usted debe facturar al cliente lo convenido para cada trabajo con el IVA incluido. Después en su facturación trimestral debe liquidar el IVA y el IRPF por el total de lo cobrado en aquella factura menos los gastos en los que ha incurrido para realizar ese trabajo. Le advierto que en cuanto a los tickets de comida no están aceptados por Hacienda por lo general. Un saludo y no dude en contactar para aclaraciones al respecto. Consulta telefónica gratuita.
No puede aplicar ni iva ni retención cuando se habla de repercusión de gastos, los debe añadir en la cuantía que figure en los recibos.