¿Debo justificar la enfermedad si sólo falto un día?

He faltado un día al trabajo por enfermedad, los siguientes me tocaba librar. Me piden justificante médico para ese día. ¿Estoy obligada? ¿Debo pedir la baja por ese día? No he encontrado nada en el Estatuto de los trabajadores que diga si estoy obligada. Tampoco en mi convenio se especifica qué se debe hacer, o cuáles son mis derechos/obligaciones en este caso (VI Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes).

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Si no puede justificarlo, es muy probable que la amonesten con una falta leve. Mi recomendación es que hable con su médico de cabecera, y si el mismo se lo concede, haga constar que estuvo indispuesta por cualquier tipo de enfermedad. De este modo se ahorrará la posible amonestación en el historial laboral de su empresa.
Del mismo modo recordarle, que si pasados 15 días la empresa no la ha amonestado, habrá prescrito el derecho a que puedan hacerlo, y de hacerse, si lo impugna lo tendrá ganado.

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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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La forma de demostrar que estas enfermo aunque sea un solo día es presentando el parte de baja. Es cierto que durante el periodo de baja por enfermedad no cobrarías nada durante los tres primeros días ( exceptuando los complementos que sean de aplicación según convenios colectivos ) pero la empresa te puede reclamar que la presentes y justifiques esa ausencia laboral.

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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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Buenas tardes: Siempre debes justificar las faltas.
El no hacerlo tiene consecuencias ; dependiendo del empleador desde, sanciones disciplinarias, no retribución, hasta las más graves como el despido.
Si deseas ser asesorado por profesionales altamente capacitados en estos temas puedes comunicarte con el despacho.
Saludos

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GONZÁLEZ HIDALGO ABOGADOS

GONZÁLEZ HIDALGO ABOGADOS

Abogado de Málaga especializado en Procesal Civil

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Buenos días:

Debe justificar la ausencia, caso contrario podrá considerarse ausencia injustificada por su empresa, a lo cual se le aplicaría la sanción prevista a tal efecto en el Convenio Colectivo (para 1 ausencia suele ser infracción leve).

Saludos,

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: No debe pedir la baja por ese día pero sí sería conveniente que lo acreditase para evitar problemas laborales.

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