Declaración de herederos y renuncia herencia

Mi hijo mayor ha fallecido, sin hijos. Los herederos somos su padre y yo y su única hermana. Mi hija y yo vivimos en España y estamos nacionalizadas. El padre vive en Cuba y hace más de 20 años que no sabemos de él.
Nuestra deseo, y necesidad es renunciar, o repudiar la herencia ¿Cuál sería el procedimiento y el costo?

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González Torres Abogados
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Estimada señora:

Para renunciar a una herencia de su hermano (bienes y/o deudas), y que quede constancia de ello, solo necesitan acudir a una Notaria, y su pedre y usted manifestar de forma expresa en escritura pública que RENUNCIAN a la herencia de su hermano fallecido en Cuba.

El deseo de renuncia a esa herencia se expresa en dicho documento público ante Notario que no tiene marcha atrás. Es decir, una vez se firma, la persona firmante no constará como heredero de lo que fuese. No importa si son deudas o son beneficios. Si se renuncia, se renuncia a todo y sin opción a réplica.

El coste de la escritura notarial tiene un precio aproximado de unos 100 euros.

Atentamente,

Pedro Torres Romero (abogado)

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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En primer lugar, es imprescindible que indique la nacionalidad de su hijo fallecido, pues en principio, la ley aplicable a la herencia es la de su nacionalidad. En segundo lugar, para renunciar a una herencia, en España es necesario acudir al Notario y renunciar ante él, por lo que se hace un Acta que no suele superar los 100,00 €. De todas formas, es imprescindible conocer la nacionalidad de su hijo, tal como le he dicho. Saludos.

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Simplemente ir al Notario y manifestarlo.

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