Dejar de abonar la pensión por alimentos

Tengo 2 hijos de 27 y 29 años y hace 6 años que empeze a pagar la pension segun sentencia judicial.
Ellos no han realizado desde la separación ninguna intencion de seguir con sus estudios.
y por eso que, ya que no están estudiando, ¿debo seguir pagando la pensión ?

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ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOS

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Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario

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Habría que analizar si son independientes económicamente. De todas formas si que existe jurisprudencia que fija como edad límite la de los. 25 años, por considerar que con dicha edad ya una persona es capaz por sí misma de mantenerse siempre que no continúe con su formación. En todo caso lo mejor es que haga consulta personal in situ en despacho de abogados.
Le atenderemos sin compromiso alguno si lo desea ampliando el asesoramiento.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro
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Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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de la Villa Abogados

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Abogado de Lerma

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Si se produce una modificación sustancial de las circunstancias por las que se tomaron una serie de medidas (como la pensión), las medidas adoptadas en sentencia son perfectamente modificables. Para ello debes instar un procedimiento judicial de modificación de medidas definitivas adoptadas en juicio de separación o divorcio. En tu caso entiendo que las medidas son perfectamente modificables,y no deberías seguir pagando la pensión.

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Jubilado

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Abogado de Rincón de la Victoria especializado en Violencia de género

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Buenos días, en relación a su consulta me sería necesario conocer el texto de la sentencia , ya que en ella se puede especificar el alcance y condiciones de su obligación de alimentos. Reciba un cordial saludo.

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