demanda por impago de pensiones
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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Penal
Creemos que un proceso civil de reclamación de cantidad, sea por impago de pensiones o por cualquier otro concepto, tiene una efectividad muy limitada cuando el demandado es insolvente, pues va a resultar muy dificil el cobro efectivo de la cantidad.
En el proceso penal nos podemos encontrar con el mismo problema. Pero una condena penal no se va a limitar al pago de la cantidad, sino que a su vez va a imponer una pena, lo cual se va a convertir en un elemento disuasorio, pues es altamente probable que sea condenado al pago de una multa y, además, en el caso de no pagarla o de repetirse la conducta en el futuro, las consecuencias, en determinados casos, podrían llegar incluso al ingreso en prisión.
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Buenas tardes. Por los antecedentes que tiene su caso, es evidente que lo más efectivo va a ser la denuncia penal, porque además de venir obligado por el juez a abonar la pensión debida (parte civil), se le va a imponer una condena y multa (parte penal)
Si se vuelve a repetir el caso y acude a la vía penal en una segunda ocasión, además de ser reincidente tendrá antecedentes, por lo que él se puede encontrar en la desagradable situación de luchar por no ir a la cárcel.
A diferencia de lo que le dijeron los Mossos, yo sí habría pedido acumular toda la deuda en el procedimiento penal suspendiendo el civil en caso de que la ejecución civil hubiera avanzado poco.
Además de todo lo anterior, si sabe seguro que está trabajando sin contrato, lo denunciaría ante Inspección de Trabajo.