impago gastos a medias

En 9 años no ha pagado nunca los gastos a medias ¿Se pueden reclamar?

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Abogado Santa Coloma - Coloma Legis Abogadas
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Si derivado de un mutuo acuerdo o una sentencia de divorcio, un progenitor estaba obligado a pagar una serie de gastos a los que no ha contribuído, Ud. tiene tres años para solicitar la ejecución de dicho convenio o sentencia, según la legislación catalana, y también tiene un tope máximo de años atrás para reclamar. Por tanto, convendría que moviera este tema para evitar que transcurra más tiempo, y caduque sus posibilidades de reclamar esos gastos. Si desea más información, visite nuestra página web www.colomalegis.es.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Entiendo que esa obligación de pagar los gastos a medias debe estar recogida en una sentencia o en un convenio regulador. Si es este el caso, sí que tendría derecho a reclamar judicialmente lo que le adeuda, aunque limitando la reclamación a los últimos 5 años, ya que lo anterior estaría prescrito.

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MARTIN ORTEGA ABOGADO

MARTIN ORTEGA ABOGADO

Abogado de Almería especializado en Derecho Civil

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Buenos dias, claro que se pueden reclamar. Pero solo podrá reclamar por los impagos efectuados en los últimos 5 años, pues las pensiones por alimentos no reclamadas prescriben al cabo de cinco años desde el devengo de cada una de ellas.

Un saludo

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