Denuncia falsa - quería reportar pero soy de otro país.
Ariadna Lenarczyk Der - Abogada
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Estimado usuario. Efectivamente, según el art. 456 del Código Penal podrá denunciar a los denunciantes y solicitar la correspondiente indemnización por daños y perjuicios. No obstante, cuándo de archivaron las actuaciones ya que el plazo para que pueda denunciar es de 5 años. No obstante, es importante que pueda probar que, efectivamente, las amenazas y el robo fueron denunciados "con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad". Espero haberle servido de ayuda. Un saludo.
PERITOS SEVILLA - PERITOS JUDICIALES - LABORATORIO FORENSE SEVILLA
Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
En mi opinión, si usted no puede acreditar, con pruebas, de que la denuncia es falsa, lo tiene muy dificil, por cuanto en Derecho todo aquello que no se prueba no existe. Siento serle tan claro.