El denunciado debe pagar una multa a la víctima ¿qué pasa si no puede hacerlo?
ABOGADO SEPARACIONES BILBAO - ABAGUNEA
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario
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Si tiene bienes a su nombre, el Juzgado le embarga estos bienes. Si es único accionista de una sociedad mercantil, le embargan las acciones de dicha sociedad, no embargan a la sociedad, sino al accionista y le embargan lo único que le pueden embargar: sus acciones. El Estado no es, en este caso, responsable civil subsidiario
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
El estado no es responsable salvo que así lo fije la sentencia, en su caso parece que lo que fija es indemnizar a la víctima y/o una multa, lo que desconocemos al no ver la sentencia, así las cosas y como acertadamente señala mi compañera, sra. Díez, si dispone de bienes o derechos, se averiguarán por el Juzgado y se embargarán los que sean susceptibles de ellos. Quedamos a su disposición. Saludos cordiales.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Las multas no se pagan a las víctimas, se pagan al estado.
La responsabilidad civil se paga a la víctima.
El hecho de que a la victima le corresponda una RGI no significa nada.
Si el condenado tiene bienes y no paga, se le embarga lo necesario para el pago de la deuda.
Todo ello se decide en fase de ejecución de sentencia