Derecho a pension si tengo 2 hijos pero el proximo a 18 ya no vive conmigo
Buenos tardes, el padre tiene la obligación de pasarle la pensión de alimentos para reclamarla deberá iniciar usted o su hija cuando adquiera la mayoría de edad un procedimiento judicial de modificación de medidas, muy importante si su hija ni trabaja, ni estudia el juez puede privarle de la pensión de alimentos. Si usted no trabaja y no percibe ingresos deberá iniciar el procedimiento para que el padre pague la pensión o le disminuyan a usted la suya.Si desea iniciar el procedimiento mis datos de contacto aparecen en la página de lexdir.
Atentamente
Silvia Fernández Fernández
Abogada de Granada
Buenas tardes,
No es él quien tiene que decidir si le corresponde a usted una pensión o no, es el juez quien tiene esa función. Usted tendría derecho a percibir mínimo una pensión, e incluso podríamos fundamentarlo para conseguir las dos.
Puede ponerse en contacto con nosotros a través de secretaria@rfabogados.es y le detallaremos el procedimiento a seguir para conseguirlo y el coste del mismo.
Un saludo
www.rfabogados.es
Ariadna Lenarczyk Der - Abogada
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Estimada usuaria. La cuestión es que uno de los hijos ya no vive con usted. En teoría usted también debería aportar dinero para su mantenimiento, al igual que debería hacerlo su expareja para el hijo que convive con usted. No obstante, es una situación bastante complicada que requiere un análisis más pormenorizado. Si lo desea, contacte conmigo para fijar una cita en mi despacho. Un saludo.