Derecho de posesión: requisitos

Una persona me vende un terreno me va a dar derecho de posesión como legalizados en notaría está situación

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ABOGADO DIVORCIOS ALDAIA Natividad Simó Boscà

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Abogado de Aldaia

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Creo que tu pregunta es confusa, o bien te vende el terrero, con lo que ello implica posesión; o bien te reconoce algún otro derecho, para que puedas disfrutar del terreno, en este caso considero que se debe saber que habéis convenido, y darle forma jurídica, para que ocupes el terreno con todas las garantías.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenas noches,
cuando usted firma una compraventa en notaría, en ese acto se hace la entrega de llaves, y eso implica lo que se llama a la posesión simbólica: al entregarle las llaves usted adquiere la posesión de la finca que ha comprado.
Saludos

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Con la firma del contrato o escritura de compraventa se toma posesión de la finca, salvo que se diga otra cosa en el contrato o en la escritura. Si desea que examinemos el borrador, nos lo puede enviar y le diremos antes cuánto cuesta la consulta.

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