Derechos por despido laboral

Me ha comunicado verbalmente mi jefe que en abril se jubila. Trabajo en una procuraduría con un contrato indefinido. Tengo la sospecha que parte de sus procedimientos se los va a pasar a un compañero que actualmente está en el despacho. Mis preguntas son: ¿Si parte de los procedimientos se los pasa a esta persona a mi me puede despedir con un mes de indemnización? ¿Me tiene que avisar por escrito y con cuánto tiempo de antelación? ¿Si no me avisa de esta forma a qué tengo derecho?
Mi sueldo no es el que aparece en nómina. ¿A la hora del finiquito puedo exigir que tenga en cuenta mi verdadero sueldo?
Si en el despacho quedan cosas pendientes cuando llegue el día que quiere cerrar ¿me puede despedir y seguir terminando con lo que quede sin mi?
Al presentarme el finiquito ¿cuánto tiempo tengo para firmar?
Si su compañero se hace cargo de parte del despacho ¿puedo reclamar y durante cuánto tiempo?
¿Sería necesario seguir en la misma ubicación o qué haría falta para saber si hay traspaso?
Tengo 51 años y me quedo en una situación muy delicada.
Por último, si hubiese que tomar acciones, ¿me pueden recomendar alguien?

Gracias anticipadas por tu ayuda.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado de Familia Bilbao Beatriz Fernández & Naiara Rabinad Abogadas
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Cualquier despido se debe comunicar por escrito. Respecto a la diferencia entre su sueldo real y el que figura en su nómina, dependerá de la buena voluntad que tenga su jefe, ya que para la Seguridad Social su sueldo real es el que figura en la nómina. Asimismo habrá que tener en cuenta como le paga la cantidad restante (en mano, mediante transferencia bancaria...).

Si el despido es procedente, la indeminización sería de 20 días por año trabajado y en caso de ser improcedente de 33 días por año.

En cualquier caso y dada la cantidad de preguntas que, como el lógico, tiene, lo ideal sería que acudiese a una consulta presencial como un letrado.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
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Buenos días, Vd tiene muchas preguntas pero intentare resumirle de la siguiente forma: cualquier tipo de despido debe ser notificado por escrito, si es por cese de empresa tiene derecho a veinte dias por año trabajado. En cuanto a la indemnización depende de la buena voluntad, en principio se calculará por la nómina, y si no es así, Vd debería tributar por todo lo que excede de este cálculo. Si tiene alguna duda más puede contactar con nosotros por el mail nietosanzabogados@gmail.com. Saludos, Rosa Nieto, Abogado, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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