Desestimación presunta por silencio adminsitrativo negativo de recurso de alzada de una sanción

El recurso de Alzada se presenta el 9 de de diciembre de 2010 y el 17 de febrero la administración contesta diciendo que Mi escrito ha tenido entrada en su registro en fecha de 16 de febrero de 2011 y que el plazo para resolver es de 3 meses desde la entrada en el registro por lo que sin contestación hasta la fecha tendrá efectos desestimatorios. El plazo para presentar recurso seria a los 6 meses desde el 17 de febrero de 2011 no desde el 9 de diciembre fecha en que lo presente puesto que el órgano competente es el servicio de farmacia aunque podía presentarlo en el mismo órgano que dicto resolución . Es correcto? entonces tenia de plazo hasta el 17 de septiembre y si la administración me contesta al recurso de alzada con fecha de 13 de octubre es contestación fuera de plazo?

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Contestado

En el caso que relata, hay dos vías de interposicion de recurso contencioso: contra la resolución presunta (por silencio) del recurso de alzada o contra su resolución expresa aunque extemporánea.
Contra la resolución presunta cabe contencioso en el plazo máximo de seis meses desde que debió resolverse el acto impugnado: como el recuso de alzada tuvo entrada en el registro de la administración recurrida el 16/02/11, el plazo de interposición abarcaba desde el 16/05/11 (fecha en que debía haberse dictado resolución expresa) hasta seis meses después.
Contra la resolución extémporánea de 13/10/11, y siempre que no hubiera interpuesto recurso antes, tenía un nuevo plazo de dos meses.
Quedo a su disposición para cualquier consulta adicional.
Jesús Villodre

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