Despidieron a mi mujer que tenía contrato fin de obra, tras dar a luz ¿se puede reclamar?

Hola. Mi mujer lleva 4 años con contrato fin de obra. Cuando termina la producción en junio, va al paro y regresa en septiembre, así durante los últimos 4 años. Este año ha quedado embarazada y ya ha dado luz, le han comunicado que a partir de junio no cuentan con ella. ¿Se puede reclamar legalmente? Están actuando así por quedarse embarazada, sin duda.
Espero su respuesta, un saludo y gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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En primer lugar enhorabuena por su paternidad. En cuanto a la cuestión que plantea, el sistema de contratación que describe apesta a fraude de ley, con lo que la relación laboral debería ser considerada a todos los efectos como indefinida. Si además unimos la reciente maternidad de su mujer, yo interpondría una demanda de despido nulo. Ahora bien, demostrar que la causa de que no vayan a contar con ella en el futuro es la maternidad será complicado, por lo que le recomiendo que trate de preconstituir pruebas de ello mientras pueda, por ejemplo mediante grabación de conversaciones, solicitando por escrito una reducción de jornada, etc.

Le recomiendo prevenir antes de curar, busque un abogado especializado sólo en derecho laboral de su localidad, y consulte en persona qué estrategia seguir antes de que se produzca el despido.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Pedro J. Márquez.

Pedro J. Márquez.

Abogado de Cartagena especializado en Despidos

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Se puede reclamar, seguro. Para empezar porque el contrato que tiene su mujer está hecho en "fraude de ley". Cuatro años para la misma empresa y en el mismo periodo, debería haber sido contratada desde el inicio como fijo discontinuo o bien a tiempo parcial.
Si ya le han comunicado que no van a contar con élla y lo han hecho verbalmente es también impugnable como despido verbal.
Y si además está embarazada el despido es nulo. Demostrar que el embarazo es la causa puede ser complicado, habría que intentar preconstituir prueba.
En definitiva, sí, se puede reclamar y le diría que hasta se debe reclamar.
(Atención a los 20 días de plazo para impugnar el despido)
Y enhorabuena por el nacimiento!

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Abogado contrataciones Barcelona - Xavier Pineda Buendia

Abogado contrataciones Barcelona - Xavier Pineda Buendia

Abogado de Barcelona especializado en Despidos

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Hola,
Contestando a su pregunta, si, puede reclamarse legalmente.
Los contratos que describe tienen todos los números para que sean calificados como realizados en fraude de ley y, por ello, serían entendidos contratos indefinidos a todos los efectos. Entiendo que su mujer ante esa prestación de servicios debería tener o bien un contrato indefinido a tiempo parcial con una jornada irregular o bien con un contrato fijo discontinuo.
En todo caso, la extinción de un contrato de una mujer embarazada puede entenderse nula de pleno derecho y con la obligación de la empresa de readmitirla.

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Abogado Divorcio Gandia MH Despacho Jurídico
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Hola, lo que a primera vista parece un contrato a fin de obra, contrato por timpo determinado, u otras modalidades , muchas veces son realizados en fraude de ley, y por tanto a modo de sanción convertidos a indefinidos por la propia ley.

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Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

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Buenos días;
Comparto la tesis de mi compañero al realizarse los contratos en fraude de ley, debiéndose de estar contratada su mujer de manera indefinida.
Un saludo.

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