Despido en concurso de acreedores
En este caso entiendo que se trataría de un despido nulo al afectar a Representantes de los trabajadores, ya que tienen unas prerrogativas mayores por razón de su representatividad, siendo los últimos en ser despedidos, salvo que la unidad productiva a la que pertencieran se hubiese amortizado y no existiese en la empresa ningún puesto al que por formación o experiencia pudiesen adecuarse.
Les aconsejo que interpongan demanda por despido nulo.
Quedo a su disposición para ello.
Saludos
BARCELONA - EJP ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
El despido se puede efectuar igualmente, lo que ocurre es que al ser representante de los trabajadores hay una serie de diferencia, principalmente que, en caso de calificación del despido como improcedente, la opción entre readmisión o indemnización corresponde al trabajador y no a la empresa.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, creemos que tienen acción ya que deben respetarse sus prerrogativas como delegados.
Un saludo. www.agabogados.cat