Despido dia 17 sin carta y sin dinero a dia de hoy
Abogado Administrativo Burgos Ignacio Ariznavarreta
Abogado de Burgos especializado en Derecho Administrativo
En realidad, a día de hoy, Usted no está estrictamente despedido, puesto que la empresa en la que trabaja no ha seguido las formalidades básicas y legales exigibles para proceder a tal despido. Si Usted disfrutó de vacaciones hasta el día 18, con los cambios de fecha posteriores, debe reincorporarse al trabajo hasta que no le den la carta de despido en la que le indiquen con precisión la causa o razones del mismo. Si no le dieran esa carta y tampoco le dieran ocupación efectiva, la empresa estaría incumpliendo el contrato de trabajo y Ud. podría reclamar la extinción del mismo con sus consecuencias jurídicas; salarios debidos hasta entonces, finiquito e indemnización.
Efectivamente, si no le comunicaron de forma escrita y a la vez no pusieron a su disposición la indemnización correspondiente nos encontramos ante un despido improcedente. No obstante ante la complejidad de la reclamación y para una respuesta mejor fundamentada y que verdaderamente le sea de utilidad, le invitamos a ponerse en contacto con nosotros.
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