Deuda con servicio de televisión digital por no entregar el descodificador.

Hola. En verano de 2010 me di de baja de un servicio de televisión digital sin devolver el descodificador, entre otras cosas porque nunca me lo reclamaron. Resulta que hoy, 20/02/2014, es decir 3 años y medio después, me llaman de una cobradora de morosos y me dicen que tengo una deuda con este servicio de 300 euros y pico por no haber entregado el descodificador, que había incumplido el contrato (nunca firmé nada, estas cosas se contratan por teléfono). Yo me quedé alucinado, porque no tenía conocimiento de ello. Me dijeron que me habían estado enviando cartas a casa, pero resulta que a los 3 o 4 meses de darme de baja cambié de domicilio (actualmente no resido en esa localidad). Bueno, el caso es que me dijeron que se puede resolver de forma amistosa y que me dan un número de cuenta para hacer el ingreso de la deuda.

Mi pregunta es, ¿no deberían haberme notificado la deuda por correo certificado?, porque por correo ordinario podría no darme por enterado. Y habiéndome llamado, después de 3 años y medio por teléfono, ¿me tengo que dar por enterado?. ¿Después de este tiempo no habrá prescrito y me la quieren "colar"?. Porque a ver, ¿cómo voy a hacer un ingreso a un número de cuenta que me da alguien por teléfono que no sé si es quien dice que es?.

Por otro lado, me amenazaron con incluirme en un registro de morosos.

Muchas gracias por leer esto y estaría muy agradecido de que me pudieran orientar.

Respuestas de otros profesionales:
Plus
Abogado Divorcio / Impagados Leon - BEATRIZ RUIZ
Contestado

Buenos días:Soy Beatriz Ruiz, abogado.Después de leer su caso, yo le recomiendo que no haga ningún pago, cuando le vuelvan a llamar pida que le envíen un duplicado del contrato con copia de la grabación donde usted manifestó su conformidad con la contratación del servicio. Si no le contestan, remita un mail con sus datos a Canal Plus informando de la situación y solicitando nuevamente el contrato, guardando tanto el mail como las posibles respuestas. Pida siempre que le remitan todo por escrito a su nueva dirección, y sobre todo advierta que la obligación de acreditar que le están enviando correspondencia en la que le reclaman el cumplimiento de obligaciones corre de su cuenta.Cuando disponga de la documentación, puede concertar una cita conmigo, y valoraremos las vías a seguir. Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Joaquín García Abogados

Joaquín García Abogados

Abogado de San Andrés del Rabanedo

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

Disculpe la demora en contestar.

Este tipo de deudas las reclaman empresas de recobro y proceden siempre de este modo.

En principio la deuda no ha prescrito, y usted aún debe ese importe, siempre y cuando demuestren que conocía las condiciones de la contratación y sus obligaciones.

Si no le importa o afecta que le incluyan en el fichero RAI/ASNEF de efectos impagados, déjelo pasar y que haga la empresa lo que quiera, porque seguramente no vayan a un juicio para reclamarla.

Si tiene pensado realizar alguna operación de crédito bancario, puede que se la denieguen por estar en dicho fichero, con lo cual podría pagar la cantidad, si bien deberían enviarle la documentación por escrito para que conste la cantidad pagada y el concepto.

Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

Samuel Castro Rodriguez

Abogado de Astorga especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Buenos dias,

No se si dispone del descodificador aun, si es asi envíe una carta certificada o burofax a la compañia de televisión digital explicandoles el asunto y poniendo a su disposición el descodificador.

Con una copia de esta carta y el resguardo de envío se les informa de esto a la gestora de morosos. Y que si lo ven conveniente reclamen vía judicial.

El asunto no habría prescrito (sobre todo si prueban el envío de cartas) desde luego telefónicamente no se tiene porque dar por enterado, y por supuesto no haría un ingreso en un nº de cuenta que alguien da por teléfono sin acreditar quién es. Si le incluyen en un registro de morosos se puede solicitar su exclusión por la ley de protección de datos.

Espero haber podido ayudarle, Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Sánchez-Gago, Vieira & Gallego Abogados

Sánchez-Gago, Vieira & Gallego Abogados

Abogado de León especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Prescrito no está porque se trataría de una deuda personal derivada de un supuesto contrato y hay 15 años para reclamar. Lo más fácil es que no la reclamen (me refiero a "en vía judicial") porque les resulta mucho más costoso encomendar a alguien la reclamación que dejarlo estar. Yo, mientras sólo me llamen por teléfono, evidentemente no me daría por enterado y, si me envían un requerimiento fehaciente, les mandaría un correo electrónico o un fax diciéndoles que no te haces cargo al no haber firmado ningún contrato con ellos en el que se dijese que se tuviese que devolver el descodificador y ser ésta la primera noticia que recibes en relación con este tema. Mas que nada para curarte en salud por si adoptan otro tipo de medidas. Aunque no lo creo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado