Devolucion dinero franquicia
Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Abogado de Zaragoza especializado en Responsabilidad Civil
Buenos días: Tal y como describe los hechos es difícil dar una respuesta sin conocer que condiciones tienen habladas o establecidas entre Vds. o la franquicia. Le remito al contenido del art. 1124 del Código Civil (sic)... La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe. El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible. Atentamente.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Seria necesario conocer los términos precontractuales que se establecieron para rescindir la relación entre las partes en aras a un posible incumplimiento por parte de los mismos.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Para responder a su pregunta y ver qué acciones tiene, sería preciso revisar la documentación y ver las condiciones que suscribieron.