Diferencia entre tutor y cuidador
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Dice que es tutora de su madre, pero para saber si es tutora legalmente tiene que tener una resolución judicial en la que se le haya nombrado tutora, previa la incapacitación también judicial de su madre, y tiene que haber ido al Juzgado para aceptar el cargo. Si no es así, es solo cuidadora, por lo que en este caso, para poder gestionar los bienes de su madre sin la interferencia de su hermano, tendría que incapacitarla y ser nombrada tutora por un juez si se considera que eso es lo mejor para ella, en cuyo caso todos los años también tendría que rendir cuentas al Juzgado de lo que haya hecho, pudiendo pedir por su labor que se fije también por el Juzgado una remuneración. En caso de haber sido nombrada ya tutora y de haber aceptado el cargo, actúe como tal, ya que la única legitimada para gestionar los bienes de su madre es usted como legal representante suyo, sin perjuicio de su posible responsabilidad por el ejercicio del cargo, ya que ser tutora no significa poder hacer lo que quiera. Si desea ampliarnos la información y que le asesoremos, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto.
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Si es usted la tutora debe ser quien administre los bienes. Así que ¿qué hace su hermano disponiendo sobre la cartilla? Vaya al banco y abra una nueva cuenta. Domicilie en ella la pensión de su madre. Y asunto arreglado. Pero no olvide cuidarse. Es fundamental para cuidar a su madre.