¿Cómo debo hacer un carnet de residencia?
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
Abogado de Madrid especializado en Derecho Extranjería
Buenas tardes,
Si usted tiene nacionalidad Española o europea, su marido está amparado por el régimen y puede sacar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario que le permite residir y trabajar en España en las mismas condiciones que un Español.
Lo primero que tengo que saber es si su matrimonio se encuentra registrado en España, porque es requisito para la obtención de esa autorización, si no es así lo primero que hay que hacer es proceder a registrar el matrimonio y pedir una certificación de que ese registro se encuentra en trámite, ya que ese trámite suele tardar alrededor de un año.
Si ese es el caso, su marido tiene que pedir una autorización de residencia de régimen general, no comunitario, fundamentada en la Disposición 23 del Reglamento de Extranjería.
Si usted es extranjera, su marido sólo puede obtener el permiso desde el Canadá a través de un procedimiento de reagrupación familiar.
Tiene que solicitar una tarjeta de familiar de ciudadano de la UE para su esposo, para lo cual le exigirán el certificado literal de matrimonio si lo inscribió en el Registro Civil Central (que seguramente fue así, si lo inscribió en el consulado español de Canadá que le correspondiera), o un certificado de matrimonio traducido y legalizado con la Apostilla de la Haya. Igualmente, deberá probar que tiene medios de vida, nóminas, contrato de trabajo, o bienes.
Quiero aclararle que ha de APORTAR CERTIFICADO DE SU MATRIMONIO INTERNACIONAL O PLURILINGüE QUE SE RECOGE EN EL CONVENIO DE VIENA DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 1976, no es necesario que esté inscrito en España, puesto que Canadá ha ratificado dicho convenio, y por tanto, sólo necesitaría el certificado original de matrimonio, traducido y apostillado. Este asunto lo he resuelto judicialmente así, y se ganó, porque sólo hay que probar el vínculo matrimonial.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, lo primero es registrar el matrimonio en España si no lo tienen registrados, posteriormente solicitar la tarjeta de residencia de familiar de país comunitario, perteneciente a la Unión Europea. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, donde podemos encargarnos de la tramitación de la misma, puede concertar una cita en mi despacho. Un saludo.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Debe pedir la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, por lo que si desea ampliar la información sobre dicha tarjeta puede encontrarla en el siguiente enlace: http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/.
Hola,
Lo primero que necesitaran será inscribir el matrimonio en el registro civil. La inscripción es un trámite lento y en ocasiones es preferible intentar obtener otro tipo de residencia por un año hasta que se haga la inscripción y ya entonces pedir la tarjeta de familiar de comunitario.
Un saludo
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Habrá de conocerse cuanto tiempo llevan en España y como entraron para poder informarla, viendo en todo caso la documentación que tengan en su poder. Un saludo