¿Dónde y cómo debo denunciar siendo el presidente de la comunidad de propietarios?

Tenemos que denunciar a un vecino por apropiación y construcción indebida de una zona comunitaria, tanto para paralizar como para desmontaje de la misma. Como presidente ¿qué debo hacer, denuncia o demanda? ¿Y qué documentación necesito y dónde hacerla, en la policía o un Juzgado?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que comentan les precisamos lo siguiente: 1) El asunto tiene una dimensión civil y administrativa, pero no penal, por lo que se tendrá que resolver, si persiste el conflicto, en un Juzgado y no en la Policía como dicen, sin perjuicio también de su posible vertiente administrativa; 2) Si la obra está siendo ejecutada es recomendable tratar de paralizarla por cualquiera de los medios legales de que disponen, los cuales un profesional conoce y tiene que valorar ante una concreta situación; 2) Dado que el mes de agosto es inhábil en los Juzgados para la mayoría de asuntos, una primera actuación que pueden hacer es ir al Ayuntamiento para ver el expediente y averiguar si la obra tiene licencia o si lo que se está haciendo está autorizado, por lo que en caso negativo tendrán que promover un expediente de legalidad urbanística y pedir la inmediata paralización; 3) En todo caso, la cuestión de fondo hace referencia a la posible alteración de elementos comunes y eso, tarde o temprano, les obligará a tener que promover el correspondiente procedimiento civil si persiste el conflicto; 4) Dada la complejidad de su asunto, les recomendamos que busquen el asesoramiento de un especialista, por lo que si desean contar con nuestro asesoramiento pueden ponerse en contacto con nosotros por teléfono o por email . Trabajamos en toda España y siempre con presupuesto previo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Teniendo en cuenta que la vía a seguir es la civil, y Agosto es un mes inhábil a efectos civiles, mi consejo es que acuda al ayuntamiento, y haga xonstar la correspondiente denuncia, para que sea el propio ayuntamiento el que paralice la obra, en el supuesto de que la obra que está realizando no reúna las legalidades oportunas, ya que debe paralizár la obra, antes de que la finalice.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios, pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Dado que estamos en el mes de agosto, que prácticamente, salvo algunas materias, es inhábil a efectos judiciales, primero le sugiero que como presidente denuncie el asunto en el Ayuntamiento, y si no tiene licencia de obras, le paralizarán las mismas, y a la mayor brevedad le sugiero que se ponga en manos de un abogado, para que le dirija la denuncia, si ha lugar a ello, vía judicial.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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A cualquier propietario le está prohibido realizar obras en zonas comunes, por lo que si la obra no está concluida debe interponer judicialmente demanda para paralizar la obra y si estuviera ya concluida debe interponer demanda para que revierta a la situación anterior. Para mayor aclaración puede contactar con este despacho solicitando cita previa. un saludo

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Abogados Royuela y Asociados

Abogados Royuela y Asociados

Abogado de Madrid especializado en Despidos

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En relación a su consulta le indico que antes de nada le sugiero que estudie con un letrado la vía judicial o extrajudicial a adoptar. Si desea que le asesoremos puede contactarnos. saludos.

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