Duda con cédula de citación.

Buenas tardes,

Les escribo porqué hoy me ha llegado un documento del juzgado titulado como "cédula de citación" y el caso es qué no sabía de que se trataba y el procurador me ha dicho que tenia que llamar al juzgado y preguntar. Cabe destacar que el procurador me ha asegurado que no era un juicio si no que tenia que ir a declarar como denunciado. Entonces he llamado y la funcionaria del juzgado me ha dicho que era sobre un delito leve de daños materiales y también me ha dicho que no era un juicio.
La cuestión es:

Si no es un juicio, y solo tengo que ir a declarar. ¿Qué diferencia hay entre el juicio y tener que ir a declarar al juzgado sin que sea un juicio?

Gracias de antemano.

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Abogado Penalista Santa Coloma de Gramenet Aranda Checa Advocat
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Buenos días,

Cuando se trata de un delito menos grave, grave o muy grave, siempre hay una fase de instrucción, es decir, de investigación en que se llama a declarar a la persona denunciada y el resto de testigos, en diferentes días, para reunir todos los indicios y decidir si hacer llegar a juicio o no. Si se trata de un delito leve, se cita directamente para juicio, pues no hay todo este trámite previo de investigación. Así pues, siendo un delito de daños, o los daños son inferiores a 400 euros y se celebra directamente juicio por delito leve, o son superiores a dicha cantidas, y por tanto, delito menos grave, siendo una declaración en fase de instrucción.
En ambos casos, ya sea para la celebración del juicio o para la declaración en fase de instrucción, debería ir acompañado de abogado o solicitar que le asista uno de oficio (en el juicio por delito leve no sería obligatorio pero sí recomendable, en la declaración es obligatorio).
Si quiere que le defendamos en el procedimiento penal, puede ponerse en contacto con nosotros.

Atentamente,

David Aranda

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
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Buenos días,
La diferencia entre un juicio y una mera declaración, es que la declaración forma parte de la instrucción, es decir de la parte del proceso donde el juzgado lleva a cabo las pesquisas necesarias para averiguar la existencia del delito, las víctimas, la responsabilidad civil derivada del delito si es el caso y las personas penalmente responsables.
En el juicio, ya se ha cerrado la instrucción, y se plantean todas las pruebas ante el juez que va a dictar la sentencia y determinar los hechos probados y la condena a la persona responsable, llegado el caso.
Por eso declarar en una mera declaración policial o judicial no es lo mismo que en juicio, la entidad no es la misma.
Como tampoco es lo mismo declarar en calidad de testigo o investigado.
Espero haberle resuelto la duda.
Lo que no acabo de comprender es que tenga procurador y no abogado. Pues con él podría resolver todas estas dudas sobre el procedimiento.
Si necesita asesoramiento no dude en contactar y le haré presupuesto.

Un saludo,

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si le citan como investigado o denunciado para declarar, le aconsejamos que antes, y con la suficiente antelación, busque a un abogado que se persone en el procedimiento y que prepare con usted la declaración después de conocer todo lo que hay en el Juzgado.

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