Embargo de la cantidad que percibo por baja de enfermedad

Buenas tardes,
Estoy de baja por enfermedad y de los 1.263,00 que tengo que pasar a mi ex por alimentos cada mes, por una hija que tenemos en común y tiene 21 años, solo le he podido pagar 300 euros mensuales. Soy autónomo y cobro 1.824 euros de baja aunque de estos tengo que pagar 1.024 euros mensuales a la Seguridad Social la cuota mensual. Mi ex me ha denunciado y he recibido una notificación de embargo. No tengo ninguna clase de bien solo la pensión de enfermedad. Estoy casado mi actual pareja no trabaja y tengo un hijo de tres años. ¿ Cuanto me pueden embargar?

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Contestado

Buenas tardes, existe un mínimo inembargable (el SMI de 640€).sin embargo, si el embargo es por pensiones alimenticias el juez puede decretar el embargo más allá de ese mínimo. En su caso, quizá podría estudiarse la posibilidad de solicitar una modificación de medidas, si bien tendríamos que ver su asunto con detalle para estudiar la viabilidad de esa petición. Quedamos a su disposición para concertar una cita y revisar su asunto.
Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Contestado

Buenos días, debe usted arreglar esa situacion de forma inmediata solicitando una modificacion de medidas reguladoras, ya que su situacion economica se ha modificado, le aconsejamos contacte a la mayor brevedad con un abogado, si lo desea le atenderemos de forma gratuita en la primera visita. Un saludo. www.agabogados.cat

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
BOMBÍ ABOGADOS

BOMBÍ ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

Contestado

Efectivamente, por impago de pensión alimenticia no tiene porqué respetarse el salario mínimo interprofesional. Debería instar una modificación de medidas para solicitar la reducción de la pensión por cambio de circunstancias. Contacte con un abogado especialista en la materia. Atentamente, www.bombi-abogados.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Premium
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Contestado

Tratándose de un incumplimiento de pago de pensión de alimentos, le podrían embargar toda la pensión sin exención alguna. Mi consejo sería que promoviese una modificación de medidas dado que actualmente no puede hacer frente a la pensión que tiene acordada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado