Embargo de vivienda en régimen de separación de bienes

La pregunta es, si estas casado en régimen de separación de bienes en Cataluña, y uno de los cónyuges contrae deudas, ¿puede embargarse toda la vivienda? ¿O únicamente el 50% correspondiente a su parte? Entonces si se embarga y sale a subasta, ¿obligan a la otra parte a vender?
Muchísimas gracias

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Buenas tardes. El embargo será de la parte de la que el deudor es propietario, ahora bien, la subasta, en caso de realizarse afectaria a toda la vivienda. Debemos estudiar su caso detenidadamente, creo que le conviene contactar con nosotros, le asesoraremos convenientemente.
Saludos, Rosa Nieto, Abogada, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
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Buenas tardes, exclusivamente se puede embargar la parte correspondiente al titular de la deuda, le aconsejamos contacte con un profesional a fin de que pueda ayudarle, si lo desea estamos a su disposición, primera visita gratuita. Un saludo. www.agabogados.cat

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Martínez-Roges Advocats

Martínez-Roges Advocats

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Solo se puede embargar la parte correspondiente al titular de la deuda. Executar ser embargo no es tarea simple precisamente por existir un cotitular.

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