Entrega de llaves y deberes

He tenido que cerrar mi negocio, he avisado de la entrega de llaves con dos meses de antelación, el día de la entrega de llaves, firmé un documento conjuntamente con el representante del arrendador, ahora me pide una cantidad astronómica de luz correspondiente a los dos últimos años, sin presentarme facturas de la compañía, solo un listado de cantidades escritas por el. El contador nunca me dejó ponerlo a mi nombre aunque en el contrato que firmé ponía que yo tenía ese derecho. He dejado a deber 3 meses de alquiler, pero he renunciado verbalmente a la la fianza. Después de la entrega de llaves, me puede reclamar la renta pendiente y gastos de luz y agua ?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado derecho del trabajo Barcelona MC JIMÉNEZ
Contestado

Respecto a su consulta, le comento, que para reclamar las facturas de luz pendientes, primero el propietario le tendría que acreditar la deuda exacta mediante facturas. Entiendo que si el contador no iba a su nombre, Usted no pagaba luz, y por lo tanto, a no ser que en el contrato se pactara otra cosa Usted debería abonar la luz consumida siempre previa justificación del propietario.

Respecto a la fianza, normalmente esta se suele utilizar por el propietario para reparar desperfectos y suministros impagados. Esta fianza no puede destinarse a pagar rentas impagadas, por lo que, aunque haya renunciado a la fianza, el propietario no tiene por que cobrarse las rentas impagadas a cuenta de la fianza.
Es más al renunciar a la fianza, entiendo que renuncia al eventual derecho que pudiera tener sobre el sobrante (una vez deducida la cantidad pendiente de suministros y las reparaciones) y por lo tanto, no cabría compensar nada, con la deuda de rentas impagadas.
De todas maneras, tenga en cuenta que estos comentarios, son a nivel general, sin concretar en su caso, pues no he visto ninguna documentación, tendría que ver el contrato, la resolución, y la renuncia a la fianza para poder darle una respuesta concreta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Efectivamente si se demuestra que son consumos habidos mientras era Vd. quien utilizaba el local, para lo que debe acreditarlo documentalmente y no por meros cálculos propios. Para poder contestar lo relativo a rentas, sería preciso conocer el contenido del documento de resolución que firmaros en si día. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Mercantil Mallorca Bufete Estel Matuti
Contestado

Buenos dias de forma breve, la respuesta a sus dos consultas es:

- La luz se la puede reclamar si justifica las cantidades (R de luz).
- La fianza, en algunos contratos ya especifica que no se podra aplicar al pago de rentas, sino es su caso, y verbalmente se lo aceptaron y no tiene firmado recibo de finiquito, pueden reclamárselo.
Espero le sirva la respuesta

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
CAPN ABOGADOS

CAPN ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Inmobiliario

VER PERFIL
Contestado

Puede reclamar si realmente debe esos gastos de luz. Para ello tiene que justificarselo con las facturas correspondientes, que es la única forma de acreditarlo ya que el contador estaba a su nombre.
En cuanto a las rentas, si no se firmó un documento de saldo y finiquito con la entrega de llaves, son cantidades devengadas que tiene derecho a cobrar.
Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado