¿Estoy obligado a permitir el paso de un tendido eléctrico de un vecino por mi parcela permanentemente?
Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda
-
Mejor respuesta según autor
Buenas tardes,
Tal y como plantea el caso, Ud. tiene una servidumbre perpetua y aparente sobre la finca, aunque no haya recibido dicho nombre ni la hayan constituido expresamente, ya que asumió expresamente el compromiso de soportar dicha carga, por lo que sí que está obligado a permitirle el paso del tendido eléctrico, siempre por la zona que Ud. estime conveniente y genere menos problemas a ambas partes.
Por lo que se refiere al plazo para que se convierta en derecho, en mi opinión Ud. mismo ya concedió el derecho, por lo que no podríamos hablar en este supuesto de una necesidad de prescripción del derecho.
Si necesita cualquier cuestión adicional, no dude en contactar conmigo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
-
1 voto útil
Se supone que el objeto del contrato es precisamente autorizar dicho paso, al parecer sin perjudicarle; al constarle su existencia al tiempo de adquirir la finca, usted también lo ha aceptado y consentido.
Debe de planterase por que lugar va a molestar mínimamente a su propiedad y hablando con el vecino cambiar los conductos al lugar que menos le perjudique.
Al no estar inscrito ese contrato no obliga a aquirentes de buena fe o terceros al no publicarse en el registro.
Espero haberle ayudado, un cordial saludo.
Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda
Buenas tardes,
Tal y como plantea el caso, Ud. tiene una servidumbre perpetua y aparente sobre la finca, aunque no haya recibido dicho nombre ni la hayan constituido expresamente, ya que asumió expresamente el compromiso de soportar dicha carga, por lo que sí que está obligado a permitirle el paso del tendido eléctrico, siempre por la zona que Ud. estime conveniente y genere menos problemas a ambas partes.
Por lo que se refiere al plazo para que se convierta en derecho, en mi opinión Ud. mismo ya concedió el derecho, por lo que no podríamos hablar en este supuesto de una necesidad de prescripción del derecho.
Si necesita cualquier cuestión adicional, no dude en contactar conmigo.