Responsabilidad civil en reforma de domicilio
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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La terraza, especialmente si se trata de una cubierta superior, es un elemento común del edificio, aunque su utilización exclusiva le corresponda; si no solicita permiso, aunque no pueda verse, puede tener problemas, especialmente si derivan humedades, u otros problemas en dicha zona, por lo que lo mas recomendable es solicitar permiso y así tener todos los derechos cubiertos.
También la ordenanza municipal puede disponer límites a dicho cerramiento, por lo que debiera consultarlo en el ayuntamiento.
Respecto a los problemas que refiere, en principio no debieran afectarle, pero puede solicitar le justifiquen que se encuentran afiliados y en alta en seguridad social.
Espero haberle sido útil, un cordial saludo.
ABOGADO HERENCIAS MARBELLA DEOGRACIAS
Abogado de Marbella especializado en Procesal Civil
Si la terraza es elemento común, y es muy probable que así sea, no puede realizar ninguna obra sin consentimiento de la comunidad. En relación a este tipo de terrazas se le suele atribuir al propietario de la vivienda el uso exclusivo y excluyente, pero sigue siendo elemento común.
Por otro lado, cuando usted cubra esa terraza está creando más espacio de vivienda y, en esa materia, entra el ayuntamiento, por el mayor volumen que consigue. Además, cualquier obra que realice debe pedir la correspondiente licencia en el Ayuntamiento, so pena de importante sanción económica.
No suele hacerse, pero es conveniente cerciorarse de que los trabajadores que van a realizar la obra estén asegurados.
Saludos.